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Plaza Monitor Deportivo

Se convoca plaza para monitor deportivo

BASES QUE HAN DE REGIR EN LA SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE UNA PLAZA DE MONITOR/A DEPORTIVO PARA LAS ESCUELAS MUNICIPALES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE HERRERA DEL DUQUE.

1.- OBJETO:

Es objeto de la presente convocatoria la selección de UNA PLAZA DE MONITOR/A DEPORTIVO/A para el programa de Escuelas Municipales Deportivas. La jornada laboral será de 40 horas semanales, iniciándose la contratación el 30/09/19 y siendo la fecha de finalización del mismo, la de fin de obra o servicio.

2.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES:

Para poder ser admitidos a la selección, los aspirantes deberán reunir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, todos y cada uno de los siguientes requisitos:

  1. Ser español/a, o ciudadano de cualquiera de los Estados miembros de la U.E., o de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la U.E. y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley 17/93, de 23 de Diciembre y demás normas
  2. Ser mayor de 16 años.
  3. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de sus
  4. No haber sido separado de ninguna Administración Pública, mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia
  5. Tener total disponibilidad para desempeñar su jornada de trabajo de forma partida, si así se indica por el Ayuntamiento, así como tener total disponibilidad para trabajar durante días festivos o fines de
  6. Estar en posesión de las siguientes titulaciones: CICLO DE GRADO SUPERIOR EN ENSEÑANZA Y ANIMACIÓN SOCIODEPORTIVA (TSEAS) antiguamente denominado GRADO SUPERIOR EN ANIMACIÓN DE ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS (TAFAD).

3.- SELECCIÓN

CONCURSO.

FORMACIÓN

  • POR ESTAR EN POSESIÓN DE GRADO O LICENCIATURA EN MATERIAS RELACIONADAS CON EL DEPORTE……………………………………… 2
  • POR ESTAR EN POSESIÓN DE DIPLOMATURA O GRADO DE EDUCACIÓN, ESPECIALIDAD EDUCACIÓN FÍSICA ….1 PUNTOS

CURSOS:

  • POR CURSOS, JORNADAS O SEMINARIOS CERTIFICADOS RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD FÍSICO- DEPORTIVA, DE  MÁS  DE 20 HORAS………………………………0,10 PUNTOS POR CURSO, HASTA 2 PUNTOS.
  • POR CURSOS, JORNADAS O SEMINARIOS CERTIFICADOS RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD FÍSICO- DEPORTIVA, DE MENOS DE 20 HORAS……………………………0,05PUNTOS POR CURSO, HASTA 1 PUNTO.
  • POR ESTAR EN POSESIÓN DEL CURSO DE MONITOR DE OCIO Y TIEMPO LIBRE …..…..0,25 PUNTOS.
  • POR CURSOS RELACIONADOS CON FITNESS………… 0,10 por curso, hasta un máximo de un 1punto.

EXPERIENCIA LABORAL:

  • POR SERVICIOS PRESTADOS COMO MONITOR O TÉCNICO DEPORTIVO EN LA MODALIDAD A LA QUE ASPIRA EN EMPRESAS PRIVADAS…………………………………….…0,05 PUNTOS/MES, HASTA 1 PUNTO.
  • POR SERVICIOS PRESTADOS COMO MONITOR O TÉCNICO DEPORTIVO EN LA MODALIDAD A LA QUE ASPIRA EN ADMINISTRACIONES PÚBLICAS…………………….…0,05 PUNTOS/MES, HASTA 2 PUNTOS.

OPOSICIÓN: Entrevista relacionada con las funciones a desarrollar y curricular…………….. 3 puntos.

La valoración se efectuará por el tribunal que se reunirá a tal efecto a partir de las 10,00 horas del día 25 de septiembre de 2019 en la Sala de Juntas del Ayuntamiento de Herrera del Duque,

Efectuada la puntuación y a continuación, se procederá a la fase de oposición, proponiéndose para la contratación a los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, quedando el resto por orden decreciente en bolsa de trabajo.

4º.- RETRIBUCIONES:

La persona contratada como monitor/a deportivo percibirá la cantidad de 1.100,00 € brutos mensuales más pagas extraordinarias.

5º.- SOLICITUDES:

Las solicitudes, ajustadas al modelo de instancia que se facilitará al efecto, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas y días hábiles de oficina, hasta las 14 horas del día 24 de septiembre de 2019, a la que habrá que acompañar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos necesarios para ser admitidos, así como la de aquella que el aspirante pretenda que sea valorada por el Tribunal, en la fase de concurso.

La documentación se presentará en original o fotocopia compulsada.

El cumplimiento de los requisitos c) y d), se declararán por el solicitante en la instancia, pudiendo solicitarse la aportación de los documentos acreditativo de los mismos, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias y con anterioridad a la contratación.

6º.- TRIBUNAL:

1.- La selección se efectuará por un Tribunal integrado de la siguiente forma: Presidente: Un funcionario de la Corporación o de otro Organismo Público.

  • Secretario: La Secretaria de la Corporación o funcionario que la sustituya.
  • Vocales: – Tres funcionarios/as de carrera o trabajadores/as laborales fijos/as de la Corporación, designados/as por la Alcaldía o de otro Organismo público.

2.- Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares indicados.

3.- Asimismo, si se estimare oportuno o conveniente podrá designarse uno o varios Asesores Especialistas para todas o alguna de las pruebas.

Por otra parte, el Tribunal de Selección podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de funcionarios o trabajadores de la Corporación para actuar como colaboradores técnicos o administrativos del Tribunal durante la totalidad o parte del proceso selectivo.

4.- El Tribunal de Selección no podrá constituirse, sin la asistencia de, al menos la mitad de sus integrantes, y estará facultada para resolver todas las cuestiones que pudieran suscitarse y adoptar los acuerdos necesarios en todo lo no previsto en las Bases.

7º.- INCIDENCIA:

El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas Bases, y estará facultado para resolver las cuestiones e incidencias que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las Bases.

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