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Apertura de parques

Bando sobre la vuelta a la normalidad en los parques infantiles.

Se pone en conocimiento de todos los vecinos y vecinas de la apertura de los Parques Infantiles del municipio.

Visto el Decreto de Alcaldía 2 y 3/2021, de fecha 7 de enero de 2021, mediante los cuales se adoptaban una serie de medidas preventivas, como consecuencia de la detección un elevado número de casos positivos por COVID 19 en el Municipio, con la finalidad de frenar a la mayor brevedad posible la expansión del virus,

En vista a los últimos datos facilitados por las autoridades sanitarias, en los que se detecta un descenso notable de los casos positivos, así como la poca incidencia de transmisión del virus, y el buen ritmo en la vacunación que ha hecho que las personas más vulnerables ya estén protegidas, se estima conveniente el levantamiento de algunas de las medidas adoptadas, mediante la reanudación de la prestación de algunos de los servicios suspensos en los mencionados decretos.

Una vez finalizado el estado del alarma, y según Acuerdo de 5 de mayo de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establecen los distintos niveles de alerta Sanitaria y las medidas generales de prevención e intervención administrativas en materia de salud pública aplicables hasta que sea declarada por el Gobierno de España la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, publicado en el suplemento número 85 del DOE de fecha 06 de mayo de 2021.

Y en virtud de las competencias que me son atribuidas en el artículo 21.1, apartados a y m, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. – La apertura de los parques infantiles, debiéndose respetar las medidas de distanciamiento físico e higiene y prevención, así como la permanencia de grupos de personas, que se detallan a continuación:

.- Se establecerán horarios de acceso en las jornadas de mañana y tarde.

.- Los menores serán acompañados hasta la entrada de la instalación por un adulto.

.- Salvo causa de fuerza mayor, o menores discapacitados, los adultos no accederán a las instalaciones.

.- Higiene de manos con carácter previo y tras el uso de las instalaciones.

.- En general, la solución desinfectante no deberá ser utilizada por los menores de 3 a 4 años. En estos casos la higiene de manos se hará con agua y jabón.

.- En general, se permitirá un aforo máximo de una persona por cada 2,25 a 3 metros cuadrados de superficie de la instalación.

.- No se permitirá formar grupos de más de quince menores dentro de cada atracción, instalación o juego, independientemente del tamaño de éstas, siempre que se garantice la superficie de 2,25 a 3 metros cuadrados por persona. Se aconseja formar grupos de hermanos y amigos para minimizar la interacción entre niños. Se minimizará el contacto entre los integrantes de los diferentes grupos. Se debe mantener una distancia de al menos 1,5 a 2 metros de menores de otros grupos .

.- No se permitirá la comida y bebida dentro de la instalación.

.- Se recomienda a los padres y madres, la vigilancia y control, para que se respeten las distintas instalaciones y juegos de forma que se asegure la distancia de seguridad. Así como las demás medidas expuestas anteriormente.

SEGUNDO. – Dar traslado del presente acuerdo a la Policía Local y personal responsable de los servicios anteriormente mencionados.

TERCERO.- Asimismo, se apela a la responsabilidad individual, pidiendo la colaboración de los padres y madres, para el cumplimiento y uso correcto de las instalaciones para garantizar el cumplimiento de las normas que dicten las autoridades sanitarias, puesto que aunque la situación ha mejorado, sigue existiendo riesgo de contagio.

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